Los Principios Basicos del Derecho Comunitario en las Constituciones Venezolanas de 1961-1999.

Luis Emiro Pérez Navarro

Resumen


A través del presente artículo el autor explica que los sistemas de integración económica requieren, para su operatividad en la dimensión sociológica, garantizar el cumplimiento de tres principios medulares del Derecho Comunitario, como lo son la atribución del ejercicio de las competencias por parte de los Estados a órganos supranacionales, la aplicación directa e inmediata de las normas comunitarias que emanan de dichos órganos, así como la aplicación preferente de éstas normas sobre el ordenamiento jurídico interno. El autor igualmente señala que afortunadamente la Constitución recientemente puesta en vigor en Venezuela (1999) recoge estos principios, colocándose así como una de las constituciones de mayor avanzada en materia de integración en América Latina


Palabras clave


Derecho comunitario; ordenamiento jurídico supranacional; aplicación preeminente; efecto directo

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