Los Principios Basicos del Derecho Comunitario en las Constituciones Venezolanas de 1961-1999.
Resumen
A través del presente artículo el autor explica que los sistemas de integración económica requieren, para su operatividad en la dimensión sociológica, garantizar el cumplimiento de tres principios medulares del Derecho Comunitario, como lo son la atribución del ejercicio de las competencias por parte de los Estados a órganos supranacionales, la aplicación directa e inmediata de las normas comunitarias que emanan de dichos órganos, así como la aplicación preferente de éstas normas sobre el ordenamiento jurídico interno. El autor igualmente señala que afortunadamente la Constitución recientemente puesta en vigor en Venezuela (1999) recoge estos principios, colocándose así como una de las constituciones de mayor avanzada en materia de integración en América Latina
Palabras clave
Texto completo:
PDFEnlaces refback
- No hay ningún enlace refback.
Todos los documentos publicados en esta revista se distribuyen bajo una
Licencia Creative Commons Atribución -No Comercial- Compartir Igual 4.0 Internacional.
Por lo que el envío, procesamiento y publicación de artículos en la revista es totalmente gratuito.
![]() | ![]() | ![]() | ![]() |
![]() | ![]() | ![]() | |