Casa de Recogimiento de Caracas. Corrección de las públicas pecadoras por la devoción, 1683-1706.
Resumen
En la sociedad colonial venezolana del siglo XVII, la prostitución de la mujer era considerada un pecado en vez de un delito. Con motivo de los cambios suscitados por la Contrarreforma, y aplicando la concepción impuesta por el Concilio de Trento (1545-1563), en cuanto a una visión ética de la conducta sexual, la Corona española tradujo esta moral en una normativa que se ocupó en especial de la mujer como prostituta, siendo los principales promotores los Jesuitas, quienes crearon las Casas de Arrepentidas para dar auxilio a las prostitutas que demostraran estar arrepentidas de su “torpe oficio”, logrando con posterioridad que la Corona creara instituciones de beneficencia análogas, conocidas en la legislación como Casas de Recogimiento. Este trabajo trata sobre el proceso fundacional de la Casa de Recogimiento de Caracas, por petición expresa de Don Diego de Baños y Sotomayor, durante su gestión como Obispo de la Diócesis de Venezuela (1683-1706).
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Depósito Legal: pp200302ME1486 - ISSN: 1690-4818
DOI: https://doi.org/10.53766/PROHIS
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