Los deberes formales a cumplir por las personas naturales como contribuyentes del impuesto al valor agregado

Pedro Escalante D., Neyi L. Hulett R.

Resumen


La Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), desde su promulgación en 1999, ha sido objeto de varias reformas parciales. Una de las más relevantes fue la efectuada en agosto de 2002 al incluir cambios significativos en cuanto a los sujetos que pueden ser contribuyentes, y trajo como consecuencia que toda persona natural que realice alguna de las actividades tipificadas como hechos imponibles en la ley, se convierta en contribuyente del Impuesto al Valor Agregado, tanto en la categoría de formales como en la categoría de ordinarios. En esta perspectiva, es importante y necesario analizar las diferentes reformas que hasta la fecha han sido implantadas en relación con este impuesto, a fin de establecer en cuáles situaciones las personas naturales son contribuyentes, así como los deberes formales a los que están obligados. En este análisis de carácter hermenéutico, se explicitan las diversas reformas de las que ha sido objeto la Ley del Impuesto al Valor Agregado, modificaciones que han conducido, entre otros cambios, a la ampliación del universo de contribuyentes. De igual forma, se indican las obligaciones tributarias a cumplir por las personas naturales, y las posibles sanciones en caso de su incumplimiento.


Palabras clave


Impuesto valor agregado; personas naturales; sujeto pasivo; contribuyente; formal; ordinario; obligaciones tributarias

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Depósito Legal Electrónico 201202ME4097  E-ISSN 2244-8772

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